domingo, 10 de junio de 2012

DERECHOS DE LOS MENORES

MEDIDAS QUE CONTRIBUYAN A LA EFICACIA DE LA CONVENCIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO



Las medidas que contribuyan a la eficacia de la Convención de los Derechos del Niño podrían estar divididos en tres: medidas administrativas, medidas legislativas y medidas judiciales.


  • Las medidas administrativas que el Estado proporcione para el cumplimiento de los principios de la Convención, deben ser destinadas a dar a la niñez una protección real y efectiva.


Políticas sociales básicas deben estar destinadas a satisfacer las necesidades de todos lo niños sin distinción alguna, siendo para ello que se oriente la capacidad ejecutiva en gastos sociales para ello.

Políticas asistenciales son las destinadas a aquellos niños en situaciones de riesgo debido a pobreza u otros factores de vulnerabilidad permanentes o temporales. Es necesario que se creen instituciones, instalaciones y servicios destinados al cuidado de los niños, preocupándose por seleccionar el corecto personal para el funcionamiento de los mismos. También crear programas de apoyo a las familias para el cumplimiento de sus responsabilidades. 

Políticas de protección especial que deben estar dirigidas a todos los niños con problemas como explotación y abuso sexual, laboral, maltrato físico y otras situaciones se pongan en riesgo su salud.
Políticas de garantías constitucionales que deben tener por finalidad la protección de los derechos que aparecen en la Convención.

  • Las medidas legislativas, en sí el Organismo Legislativo es el que tiene en sus manos que Guatemala cumpla en forma eficaz con esta obligación que adquirió internacionalmente con la Convención.

Tuvo que ajustarse la legislación un ejemplo de ello es que al Congreso de la República se han presentado proyectos de ley pendientes de ser aprobados.

De tal manera existe la posibilidad de que nuestra legislación se ajuste a una nueva visión de la niñez y con ello obtenga una mayor protección de tipo jurídico. Es importante que las leyes que apruebe este organismo estén acordes con nuestra realidad y necesidades sociales y, sobre todo, que garanticen y desarrollen los derechos del niño en la Convención de manera general.

  • Las medidas judiciales son muy importantes para penalizar al que viole los derechos del niño y se hace necesaria una reflexión seria acerca de la administración de la justicia.

El Organismo Judicial si cuenta con los instrumentos que le permiten una mejor atención a sus importantísimas responsabilidades. 

Es necesaria la revisión de la justicia en Guatemala, pues mucha gente la critica y con hechos visibles se defienden. 

La Corte Suprema de Justicia tiene en sus manos los instrumentos precisos para superar la difícil situación de los procedimientos relacionados con menores. Y aún así existen serios defectos en la atención a los niños, en el interior del país y hay que tomar en cuenta que no hay un solo lugar fuera de la capital donde haya Jueces de Menores.

Tal vez el problema tenga su origen en la mala situación financiera del Estado, pero si no se interviene y se dan más recursos para la administración de la justicia siempre seguirán existiendo los mismos problemas y nunca avanzaremos.

Se necesita un cambio de mentalidad tanto en los niveles superiores como con los propios jueces y oficiales de los juzgados de menores o en el ramo de familia. Se requiere de un cambio que permita a los recursos humanos del Organismo Judicial concebir una visión distinta a de su importante papel.

Necesariamente debe cambiarse la forma de organización del Organismo Judicial a una forma mucho más eficaz y concreta, por que de lo contrario se seguirán violando no solo los derechos del niño, sino también toda la constitución.

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